Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite correspondiente a la inscripción realizada en forma asociativa entre dos o más personas físicas o jurídicas documentada por escrito, y que cumplen con la obligación de inscribirse en la Administración Tributaria, previo al inicio de la actividad económica.
Formularios:
Formulario 0351. Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
Formulario 0352. Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas.
Formulario 0353. Actualización / Inscripción personas jurídicas vinculadas.
Formulario Rec. 205 declaración de sueldos fictos, excepto empresas rurales.
Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Documentación adicional a presentar:
Original del contrato o Testimonio notarial por exhibición del contrato social (el que puede ser otorgado en escritura pública o documento privado protocolizado).
Certificación notarial, donde se certifique:
Firma de todos los socios.
Datos de los integrantes:
Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
Fecha de nacimiento.
Estado civil.
Capacidad legal.
Nacionalidad.
Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
Que son los únicos integrantes.
Nombre de los administradores y representantes, en caso de no ser socios se requiere certificación de firma y los demás datos que se solicitó a los integrantes de la sociedad.
En caso de socios personas jurídicas deberá realizarse control de la personería jurídica, representación y domicilio fiscal.
En caso de persona jurídica administradora o representante, nombrar a la persona física a través de la cual actuará. Artículo 82 Ley 16.060.
Personería y representación completa, incluyendo fecha del contrato.
Inactividad de la sociedad desde la fecha del contrato a la fecha de inicio de actividades, si corresponde.
Domicilio fiscal, especificando entre que calles se ubica. Este domicilio corresponde al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad.
Aclaraciones:
En el formulario se debe indicar el domicilio fiscal e identificar calle y número de puerta. En caso de no contar con número de puerta, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.
Si es sociedad integrada por profesionales universitarios, se debe presentar la constancia de registro de la Caja de Profesionales Universitarios (CJPPU) o la constancia de afiliación de la Caja Notarial, según corresponda.
Si declara actividad agropecuaria, se deberá tener en cuenta el instructivo Inscripción de empresas rurales (común BPS-DGI).
Las empresas deben informar el consejo de salarios correspondiente a su actividad, para su incorporación a la planilla de trabajo unificada. Esta información es necesaria para declarar el ingreso de trabajadores dependientes.
Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe presentar el comprobante del pago de la multa de DGI.
Los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional ver instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
Constancias del trámite:
Plazo:
La inscripción se realiza dentro de las 24 horas siguientes a la firma del contrato o al día de inicio de actividades.
Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Dos timbres profesionales $ 250 (Valor vigente del 01 de enero 2025 al 30 de junio 2025).
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
En Montevideo:
En Interior:
Para contribuyentes con domicilio constituido en Interior:
Para poder acceder a Servicios en línea deberá contar con clave o ID Digital.
En Montevideo
En interior
Se inicia la gestión desde los servicios en línea de DGI, en Trámites, Solicitud de Inicio.
Una vez procesada la información la oficina correspondiente le asignará a través del mail consignado en el trámite, la agenda presencial para su culminación; donde deberá concurrir con la documentación indicada en los requisitos específicos en persona.
En Montevideo
Agendarse previamente - instructivo en la web de BPS. Seleccionar:
En interior
La oficina correspondiente le asignará a través del mail consignado en el trámite, la agenda presencial para su culminación; donde deberá concurrir con la documentación indicada a finalizar la inscripción.
Concurrir el día y hora previamente agendado o asignado, con la documentación solicitada.
En Montevideo