Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23La LAEE es un instrumento que reembolsa parcialmente el costo de diagnósticos energéticos.
Los diagnósticos energéticos son estudios del consumo energético de una instalación (edificio, procesos o sistemas) a fin de identificar y proponer medidas de eficiencia energética en los usos principales, en función de su potencial de ahorro y rentabilidad.
La LAEE opera por convocatorias y pueden postularse todos los usuarios de energía (residencial, industrias, comercios, etc.) interesados en identificar e implementar medidas de eficiencia energética, y que contraten a una ESCO registrada en el MIEM para realizar el diagnóstico acorde a los requisitos de cada convocatoria.
Por más información sobre las convocatorias dirigirse a la: Línea de asistencia para Eficiencia Energética (LAEE)
Presentación de Nota o Escrito.
Presentación de Presupuesto.
Declaración Jurada.
Certificado Notarial.
Deberá tener en cuenta todos los demás requisitos establecidos en las bases de las convocatorias
Toda la información de la LAEE, requisitos a cumplir y documentación de esta (bases, formularios, etc.) se encuentran disponibles en la web: Línea de asistencia para Eficiencia Energética (LAEE)
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.
Pueden postularse todos los usuarios finales de energía (industria, comercios y servicios, organismos públicos, residencial, etc.) que contraten a una ESCO registrada en el MIEM para realizar auditorías energéticas acorde a los requisitos establecidos en cada convocatoria.
Los pasos a seguir son: