Última actualización: 31/10/2025
Dirección General Impositiva - División Recaudación y Controles Extensivos

Modificación: cambio o anexo de una actividad económica o giro

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria la modificación o ampliación de la actividad económica o giro que realiza un contribuyente.

Requisitos

  • Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales

    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

    Archivo asociado

  • Formulario 0354 - Actualización/Anexo de inscripción locales Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales DGI BPS

    • Cuando la actividad o el giro a anexar es en otro domicilio fiscal.

    Archivo asociado

  • Formulario R500 - Padrones Rurales - BPS

    • Si corresponde, al igual que el Anexo.
    • Correctamente legibles, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
  • Certificación Notarial.

    En caso de concurrir un tercero a realizar el trámite, debe certificar:

    • Firma del titular o representante.
    • Datos personales:
      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
      • Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
      • Estado civil.
      • Nacionalidad.
      • Capacidad legal
      • Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
  • Documento de Identidad.

    • El trámite podrá ser presentado únicamente por su titular o representante exhibiendo su documento de identidad (excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por Agesic).
    • En caso de documentos extranjeros, se solicitará copia del mismo.
  • Pago de multa de DGI

    • Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.
  • Inscripción ante la Dirección General Impositiva - Empresa rural.

    • Las empresas rurales deberán tener en cuenta:
      • Si la modificación de giro implica pasar de un padrón sin explotación, destinado a:
        • autoconsumo,
        • actividades recreativas,
        • entre otras
      • A padrón:
        • explotado o
        • explotado por terceros
      • deberá ajustarse a lo indicado en el trámite Inscripción de Empresa Rural DGI BPS.
    • Si se presenta la situación contraria, deberá ajustarse a lo indicado en el instructivo de Clausura de empresas de acuerdo a la naturaleza jurídica de la empresa.
    • Cuando la nueva actividad queda comprendida en aportación rural y no modifica los padrones explotados, no corresponde presentar el formulario R500 ni la certificación notarial.

Otros datos de interés

PLAZO:

  • Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio.
  • Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

CONSTANCIA DEL TRÁMITES:           

  • Formulario 6361 Confirmación de Datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Iniciar Trámite en Línea

Costos

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    En persona

    • Agenda previa.

      • Reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.
      • Sector Registro Único Tributario – RUT
      • Departamento: Montevideo
      • Trámite: Atención personalizada RUT.
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    Desde servicios en línea DGI:

    1. Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea" a Servicios en línea.
    2. Loguearse con RUT o con Identidades Digitales
      1. Registro Único Tributario
      2. Modificaciones
    3. Completar los datos  requeridos para el trámite. 
       

    En línea desde la web de BPS:

    1. El titular, representante o administrador con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, lo gestiona a través del Portal de servicios en línea de BPS:
    • Ingresar con usuario y contraseña
    • Seleccionar el trámite “Modificación contribuyente común BPS DGI”
    • Identificar el tipo de trámite a realizar.
    1. Debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.

      Aclaración: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.
    Iniciar en Línea

    En persona

    En Montevideo:

    1. Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
      1. El Formulario debe presentarse en 3 vías, de las cuáles al menos 2 sean originales, impresos en doble faz.
      2. Con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
      3. La restante documentación deberá presentarse original y dos copias. 

    En interior

    • No aplica modalidad en persona.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    • En el local DGI
      • Fernández Crespo 1534
      • Sector RUT, subsuelo.
  • Enlaces relacionados

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