Última actualización: 31/10/2025
Dirección General Impositiva - División Recaudación y Controles Extensivos

Modificación de impuestos a los que se está obligado cuando no implica cambio de giro (excepto Monotributo)

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria, un cambio en los impuestos que está obligado el contribuyente. 

No comprende los cambios de Monotributo a otro impuesto.

Requisitos

  • Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales

    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
    • El formulario debe incluir firma autógrafa o electrónica avanzada, del titular o representante registrado.

    Archivo asociado

  • Formulario 0301 - Inscripción y actualización de personas físicas sin actividad empresarial

    • Cuando se trata de modificación de personas físicas sin actividad empresarial.
    • No quedan comprendidos los contribuyentes de Impuesto al Patrimonio.
    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
    • El formulario debe incluir firma autógrafa o electrónica avanzada, del titular o representante registrado.

    Archivo asociado

  • Formulario 0453 - Inutilización de la documentación - DGI

    • Si corresponde. Detallar papelería impresa no utilizada y última utilizada
    • Correctamente legibles, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
    • El formulario debe incluir firma autógrafa o electrónica avanzada, del titular o representante registrado.

    Archivo asociado

  • Certificación Notarial.

    En caso de no concurrir el titular o representante.

    Certificando: 

    • Firma del titular o representante
    • Datos personales:
      • Nombre.
      • Documento de identidad, tipo, país de origen y número.
      • Domicilio particular.
      • Representación, si corresponde.
  • Pago de multa de DGI

    • Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.

Otros datos de interés

PLAZO: 

  • Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio.
  • Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones. 

 CONSTANCIA DEL TRÁMITE:           

  • Formulario 6361 - Confirmación de datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
  • Formulario 0401 - Persona física sin actividad empresarial - Confirmación de datos.
Iniciar Trámite en Línea

Costos

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    • Contrato de adhesión - DGI.

      • Debe disponer de clave con contrato de adhesión.
      • De no disponer de clave con contrato, podrá acceder  a través de su ID Digital, abonando el timbre profesional en línea.
      • No es de aplicación para contribuyentes rurales o construcción.
      • Si el trámite se realiza fuera de plazo: debe abonar la multa previamente, ya que debe indicar el número de boleto de pago al iniciar el trámite.
      • No aplica para contribuyentes que se encuentren en Monotributo y pretendan ampararse en otro régimen. 
    • Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado  u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:

    En persona

    • Agenda previa.

      En Montevideo

      • Reservar día y hora en DGI a través del servicio de AGENDA
      • Sector: Registro Único Tributario – RUT
      • Departamento: Montevideo
      • Trámite: Exclusivo DGI
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    Ingresar a la web de DGI:

    1. Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea" a Servicios en línea.
    2. Seleccionar Trámites – Solicitud de inicio
    3. Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
    4. Seleccionar:
      • Trámite: RUT Exclusivo DGI
      • Sub trámite: Modificación de balance u otros datos exclusivo DGI
      • Adjuntar la documentación correspondiente.

    Ingresar a Servicios en línea.

    1. Loguearse con RUT o con Identidades Digitales
      • Registro Único Tributario
      • Modificaciones
    2. Completar los datos requeridos para el trámite.
    Iniciar en Línea

    En persona

    En Montevideo:

    1. Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
      • Los Formularios deben presentarse en 2 vías, de las cuáles al menos 1 debe ser original. Impresos en doble faz.
      • La documentación adicional debe presentarse en original y copia.
      • El tramite deberá ser realizado por su titular, quienes deberá exhibir su documento de identidad original vigente (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por Agesic). En caso de personas físicas extranjeras deberá en todos los casos presentar copia de su documento de identidad.
      • De no ser presentado por su titular o representante, deberá presentarse  certificado notarial según lo indicado en requisitos del trámite. 

    En Interior:

    No aplica modalidad en persona.

  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    • Local DGI - Fernández Crespo 1534
    • Sector RUT Subsuelo. 
  • Enlaces relacionados

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