Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria, un cambio en los impuestos que esta obligado el contribuyente.
Los requisitos del trámite difieren según la forma de presentación.
Plazo:
Constancia del trámite:
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
El trámite puede iniciarse:
Desde servicios en línea DGI - Usuarios Registrados
Notas:
En Montevideo
Formularios
Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Documentación adicional a presentar:
En caso de corresponder (únicamente cuando el trámite no es presentado por su titular o representante) :
Aclaraciones:
El trámite podrá ser presentado únicamente por su titular o representante exhibiendo su documento de identidad. Excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por Agesic. En caso de documentos extranjeros, se solicitará copia del mismo.
De no ser presentado por su titular o representante, deberá presentarse certificado notarial que certifique los datos indicados en documentación adicional a presentar.
En Interior
En línea - Sin adjuntar documentación:
En línea - Adjuntando la documentación:
En línea desde la web de BPS - Todos los usuarios
En caso de dejar de estar comprendido en el régimen de Monotributo:
No debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
En Montevideo:
En Interior: