Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria el cambio de directorio o administrador de una Sociedad Anónima.
Formularios:
Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Documentación adicional a presentar:
Aclaraciones:
Plazo:
Constancia del trámite:
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
El trámite se ingresa en línea desde la web de BPS.
Aclaraciones:
En Montevideo:
En interior:
Cuando el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente:
Cuando el cambio de integrantes implica la modificación de todos los integrantes del contribuyente con representación:
En ambos casos, debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.
Aclaración:
Una vez procesada la información por BPS, DGI le asignará a través del mail consignado en el trámite, agenda presencial para su culminación; donde deberá concurrir con la documentación indicada en los requisitos específicos en persona.
Para contribuyentes con domicilio constituido en Montevideo:
En Montevideo: