Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar el cambio de integrantes de una sociedad de hecho amparada al Monotributo Social MIDES (Ley 18.874) por cesión de partes o egreso voluntario.
Requisitos Específicos:
Formulario:
El formulario deberá estar correctamente legible, y no puede contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Aclaraciones:
CONSTANCIA DEL TRÁMITE:
PLAZO: Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio
Un timbre profesional $ 250 (Valor vigente del 01 de Julio 2024 al 31 diciembre 2024).
En Montevideo
Aclaraciones:
En ambos casos, debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.
En Montevideo: