Última actualización: 25/07/2024
Dirección General Impositiva - División Recaudación y Controles Extensivos

Modificación de titulares de sociedades personales con contrato en caso del fallecimiento de un integrante.

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria las modificaciones de titulares que se efectúan en sociedades personales con contrato por fallecimiento de alguno(s) de sus socios.

Requisitos

Formularios

Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

Documentación adicional a presentar

  • Certificación notarial

Con Pacto de Continuación previsto en contrato:

  • Firmas de el/los administrador/es y de los presuntos herederos o cónyuge que ingresan.
  • Datos individualizantes de los titulares o socios que ingresan:
    • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
    • Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
    • Estado civil.
    • Nacionalidad.
    • Mayoría de edad.
    • Domicilio particular.
  • Detallar fecha de fallecimiento y quienes son los únicos presuntos herederos.
  • Si alguno de los integrantes fuera persona jurídica será necesario el control de personería, representación y domicilio fiscal de dicha entidad vinculada.
  • Administración y representación.
  • Pacto de continuación de los herederos o del cónyuge del socio fallecido, según contrato social.
  • Establecer que son los únicos titulares o socios.

Sin Pacto de Continuación:

  • Firmas de el o los administradores.
  • Datos individualizantes de los firmantes:
    • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
    • Documento de Identidad.
    • Estado civil.
    • Nacionalidad.
    • Mayoría de edad
    • Domicilio particular.
    • Administración y representación.
    • Establecer que son los únicos titulares o socios.
    • La no existencia de pacto de continuación.
    • Fecha de fallecimiento.

Aclaraciones:

  • En caso de proceder el artículo 232 de la Ley 16060 remitirse al instructivo de Modificaciones de titulares de sociedades personales con contrato.
  • En caso de fallecimiento del único representante, establecer en el certificado notarial que la representación es indistinta mientras no se realice modificación contrato artículo 200 de la Ley 16060.
  • Se deberá establecer en los formularios correspondientes las altas, bajas y permanencias de los integrantes y apoderados en caso de corresponder.
  • Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, deberá presentar el comprobante del pago de la multa de DGI.
  • Los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional ver instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.

Otros datos de interés

Plazo:

  • Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio.
  • Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Constancia del trámite:

  • Formulario 6361 Confirmación de Datos.
Iniciar Trámite en Línea

Costos

Timbre profesional $ 250 del 01 de Julio 2024 al 31 diciembre 2024.-

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    El trámite se ingresa en línea desde la web de BPS.

    Esta gestión no requiere etapa presencial si el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado asociado al contribuyente que realiza la gestión. De lo contrario, DGI podrá requerir etapa presencial.

    Aclaración: No debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.

    En persona

    En Montevideo

    • Los Formularios requeridos para el trámite deberán presentarse en tres vías de las cuáles al menos dos deberán ser originales.
    • El certificado notarial deberá presentarse el original y dos copias.
    • El trámite requiere un timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.

    En interior

    • No aplica modalidad en persona.
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresando en el botón "Iniciar trámite en línea"
    2. Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
    3. Si el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente,  se gestiona a través de Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, donde posterior logueo, deberá seleccionar el trámite “Modificación contribuyente común BPS-DGI” e identificar el tipo de trámite a realizar.  
    4. Si el titular, representante o administrador no cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, se gestiona a través de Solicitar trámite registral, donde posterior logueo, deberá seleccionar Registro de contribuyentes Comunes BPS-DGI/ Modificación o Clausura/ Cambio total de Integrantes.

    En ambos casos, debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.

    Aclaración: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.

    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    • Local DGI
      • Fernández Crespo 1534 – Sector RUT Subsuelo.
      • Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI.
      • Sector Registro Tributario – RUT, seleccionar el Departamento correspondiente a su domicilio constituido y el trámite Atención Personalizada RUT.
  • Enlaces relacionados

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