Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Este trámite permite el ingreso de las notificaciones de las Direcciones Técnicas de las Instituciones prestatarias de servicios de salud del Sistema Nacional Integrado de Salud y otros prestadores, comunicando la hospitalización involuntaria o judicial de una persona por problemas de salud mental. También se debe notificar cuando una hospitalización (voluntaria, involuntaria o judicial) supera los 45 días de duración.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Este trámite estará disponible sólo para los Directores Técnicos que los prestadores de servicio indiquen a la Comisión de Salud Mental como autorizados para ingresar notificaciones.
Consultas Técnicas:
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.