Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Presentación de los estados financieros de los actos o negocios jurídicos en los que el Estado participe directa o indirectamente, siempre que no estén sometidos al contralor del Banco Central del Uruguay (Articulo 199 Ley 16.736) y que por su naturaleza jurídica no puedan obtener el RUT. Se incluye en este tipo de actos sin ser taxativo, los fondos, los contratos y los acuerdos interinstitucionales, donde se manejan fondos públicos o administran bienes del Estado, así como las entidades extranjeras que por su calidad de tal no cuentan con RUT y no pueden ingresar sus estados financieros a través de la Cbe.
Presentación de Nota o Escrito.
Estados Financieros.
Aquellas entidades que no hayan recibido fondos públicos en el ejercicio, y/o sus fondos sean 100% públicos, no deberán presentar el Anexo de Fondos Públicos.
Memoria anual.
Otros datos de interés
Firma electrónica avanzada.
Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.