Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23El trámite de Recepción de Peticiones abarca cualquier reclamo sobre un expediente o trámite del Estado, basado en hechos y fundamentos de derecho.
Según la Constitución de la República, todo habitante tiene derecho de petición ante todas y cualesquiera autoridades de la República, y toda autoridad administrativa está obligada a decidir sobre cualquier petición que le formule el titular de un derecho subjetivo o de un interés legítimo en que se dicte o ejecute un determinado acto administrativo.
Se deberá completar:
Control del voto Elecciones Nacionales y Segunda Elección (balotaje) 2024
El contralor de la obligación del voto en las Elecciones Nacionales del 27 de octubre de 2024 y en la Segunda Elección, celebrada el 24 de noviembre de 2024, se deberá efectuar a partir del 23 de marzo de 2025 y durante los ciento veinte días siguientes, en los casos, formas y condiciones regulados por los artículos 9º, 10º y 11º de la Ley N° 16.017, de 20 de enero de 1989, y demás disposiciones legales concordantes y complementarias.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
El trámite finaliza en un acto administrativo, en el que se resuelve si se acepta la petición o no, pudiéndose entregar la documentación o información solicitada.
Secretaría Administrativa notifica de la resolución al interesado, y archiva expediente.
Por correo electrónico:
División Secretaría Administrativa de la Presidencia de la República.
Por consultas: