Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite obligatorio que debe realizar toda empresa importadora o elaboradora habilitada para obtener el registro, renovación de registro y autorización de venta de productos de higiene personal, cosméticos y perfumes grado 2.
La categorízación de un cosmético grado 1 o 2 está definida en el Decreto 428/007
La definición de este tipo de productos se encuentra en la Resolución GMC Nº 110/94.
Presentación de formulario.
Documentación:
Para solicitar el registro, renovación y autorización de venta de productos cosméticos grado 2.
Para solicitar la Renovación de Registro de Cosméticos, a los puntos anteriores de Registro se le debe agregar:
En el caso de productos importados:
Firma electrónica avanzada.
En Montevideo:
Consultas técnicas: