Última actualización: 26/05/2025
Ministerio de Educación y Cultura - Biblioteca Nacional de Uruguay

Registro de derechos de autor

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es la inscripción que realiza todo autor de una producción intelectual, así como de los respectivos contratos de cesión de derechos que suscriba, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 9.739, con las modificaciones introducidas por la Ley Nº 17.616 de Derecho de Autor y Derechos Conexos del 10 de enero del 2003, y el decreto reglamentario 154 del año 2004..

Requisitos

  • Documento Nacional de Identidad

    • Cédula de identidad vigente y en buen estado.
  • Requisito de edad:

    • En todos los casos el solicitante debe ser mayor de edad, en caso contrario debe estar acompañado de padre, madre o tutor.
  • Presentación de muestra.

    • Dos ejemplares de la obra a registrar: impresos o en formato digital (Dos pendrives).
    • Quedaran archivados en la Biblioteca.
  • Presentación de formulario.

    • Formulario de inscripción completo (Descargar Formulario de Persona Física - Formulario de Persona Jurídica, que los encontrara a pie de página.
  • Comprobante de pago.

    • Abonar la tasa correspondiente al 75% de 1 UR.
  • Presentación de Nota o Escrito.

    • En caso de no concurrir el autor o el titular, presentar carta simple de autorización y fotocopia del documento de identidad. 
  • Presentación de Acta.

    • Si el registro se realiza a nombre de una persona jurídica presentar copia del acta constitutiva de la misma y las autorizaciones respectivas.

Otros datos de interés

  • Una vez presentada toda la documentación, se le ingresará el edicto para ser publicado en el Diario Oficial IMPO
  • Entrega del Certificado: se realiza 30 días después de la publicación del edicto.
  • La duración del registro comprende la vida del autor y se extiende a 70 años de su fallecimiento.
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Costos

Tasa correspondiente al 75% de 1 UR. 

En el momento de la solicitud, se le redactará un edicto el cual debe ser publicado en el Diario Oficial- IMPO de $208 (Monto a Mayo 2025).

Vías disponibles para realizar el trámite

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