Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el registro ante la AIN de los Estados Contables de las entidades obligadas comprendidas en el Artículo 97 bis. Ley 16.060 (Sociedades comerciales cualquiera sea su forma) y comprendidas en el Artículo 24 de la Ley 18.930, de acuerdo a lo establecido por la reglamentación en el Decreto 156/016.
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