Última actualización: 06/04/2026
Ministerio de Industria, Energía y Minería - Dirección Nacional de Energía

Registro de Generación en Suscritor

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es un registro de instalaciones de centrales generadoras de energía eléctrica. 

Deberán registrarse las centrales de generación de energía eléctrica que se conecten a la Red de Interconexión o que operen aisladas de esta. 

Aplica a generadores en ambas condiciones de funcionamiento con potencia instalada menor o igual a 150 kW y mayor a 150 kW. En el caso que sea menor 150 kW Deberán registrarse centrales de generación de energía eléctrica que estando conectadas a la Red de Interconexión no inyecten energía a la Red, y centrales que se encuentren aisladas de la Red de Interconexión y operen en media tensión. 

Además, para ambos casos, la potencia instalada deberá ser menor a 150 kW. 

En el caso que sea mayor 150kW, la autorización será otorgada al amparo de lo previsto en el artículo 1 del Decreto 43/015 y lo definido en el Decreto 114/014.

Requisitos

  • Aportar datos.

    Seleccionar el tipo de trámite a realizar. 

    • Si la instalación está conectada a la red de UTE necesitará:
      • Nro. de cuenta.
    • Si la instalación no está conectada a la red de UTE necesitará:
      • Nro. de Padrón.
      • Datos de localización del suministro.
      • Datos de la instalación: fuente primaria, potencia instalada en AC, instalación batería.
      • Información de la empresa instaladora (RUT- Razón social).
      • Fecha estimada de entrada en operación.
    • De acuerdo a la Resolución Ministerial, se debe elegir el mecanismo por el cual se reporta la energía generada anualmente.
  • Documentación General

    Autorización de generación para autoconsumo (potencia mayor 150 kW)

    Es imprescindible que toda documentación presentada para realizar el trámite, esté actualizada y firmada por los representantes de las empresas correspondientes.

    • Identificación del peticionario: De conformidad con el artículo 97 y 119 del Decreto 500/991, se deberá constituir domicilio en la ciudad de Montevideo.                                     
    • Concesión de uso de aguas, si corresponde.
    • Memoria descriptiva y planos generales del proyecto. En la memoria descriptiva se debe incluir cronograma razonable de ejecución de las obras e hitos del proyecto.
    • Especificación de los padrones donde se ubicarán las instalaciones de generación.
    • Autorización Ambiental Previa, si correspondiere de acuerdo con lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias vigentes.                    

    En el ítem 1 para personas jurídicas: Certificado notarial acreditando vigencia, representación y que la actividad de generación de energía eléctrica está permitida de acuerdo al objeto social. Asimismo, la identificación del titular deberá contener su identificación como suscriptor consumidor de energía eléctrica de la red (Número de cuenta que figura en la factura de UTE).                                                            

    Para el ítem 2: En caso de no aplicar para el proyecto se deberá declarar explícitamente.

    En el ítem 3: En lo referido a los planos generales del proyecto, los mismos deben contemplar la ubicación específica de las unidades de generación, de las conexiones eléctricas internas de la planta y del punto de conexión con la red de UTE, todos estos componentes en correlación con los padrones del proyecto.                          

    IMPORTANTE:

    En la memoria descriptiva se debe incluir cronograma razonable de ejecución de las obras e hitos del proyecto. 

       Registro de generación para autoconsumo (potencia menor o igual 150kW)                       

    • De acuerdo al Art. 12 y 12 bis del decreto 43/015, para el registro se debe informar:
      • Identificación del titular y datos de contacto.
      • Potencia instalada.
      • Fuente primaria.
      • Localización.
Iniciar Trámite en Línea

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

Los campos indicados con * son obligatorios

Enviar una consulta

A través de este medio únicamente se realizan consultas, no se realizan trámites