Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el Registro de profesionales competentes habilitados para realizar trámites en la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental (DINACEA, antes DINAMA), que incluye a quienes realicen:
Mesa de Entrada de DGS - Ministerio de Ambiente.
Área Control y Desempeño Ambiental o Área Evaluación de Impacto Ambiental.