Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23La Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual (MIEM-Dinatel) es la Unidad Ejecutora del MIEM responsable de la formulación, articulación y coordinación de las políticas de telecomunicaciones y servicios de comunicación audiovisual.
En cumplimiento del Art. 774 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, reglamentado por los Decretos N° 392/022 y 393/022, se establecen los mecanismos de declaración jurada de actualización anual, a ser validados por MIEM-Dinatel, para la asignación del monto total de la publicidad oficial de alcance nacional a las distintas modalidades de medios en el interior del país alcanzadas por la norma.
El plazo para inscripción de nuevos medios así como de medios ya registrados que deseen realizar alguna actualización o rectificación de información venció el 10 de febrero de 2025 y su nueva apertura será comunicada oportunamente.
Las empresas deben presentar mediante trámite en línea, declaración jurada de acuerdo a las especificaciones definidas en el Art. 5 del Decreto N° 392/22:
Tener en cuenta:
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Nota: De ocurrir un problema técnico al momento de la postulación, dentro del plazo previsto en este trámite, el postulante deberá seguir los pasos establecidos en el anexo incluido en los "Enlaces de descarga".