Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Es el trámite por el cual las empresas usuarias de la División Sustancias Controladas notifican los cupos de sustancias controlas que dispondrán en un año o solicitan aumento de los cupos ya existentes para precursores y productos químicos, sicotrópicos o estupefacientes.
La empresa y Director/a Técnico/a deberán estar registradas como usuarias de la División Sustancias Controladas conforme a Ord. 01/020.
Requisitos para estupefacientes:
Requisitos para precursores y productos químicos:
Requisitos para sicotrópicos:
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Paso 1:
Paso 2:
Paso 3:
División Sustancias Controladas