Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Procedimiento de Control del certificado exigido para la importación, de productos que contengan amianto o asbesto autorizada en los términos del artículo 2° del Decreto 154/002.
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