Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es un beneficio dirigido a aportantes al F.E.T.S. (Fondo Especial de Tutela Social) Retirados o Pensionistas de las Fuerzas Armadas, que carezcan de familiares que puedan brindarle una atención adecuada.
El STSFFAA se reservará la facultad de autorizar a la residencial propuesta.
La residencial propuesta deberá contar con Boleta contado o factura de crédito y recibo oficial correspondiente con pie de imprenta al día. Dicha residencial también deberá poseer habilitación del MSP.
Lo realiza el titular personalmente o un familiar directo.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.