Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Corresponde a la solicitud del beneficio establecido en el Decreto 316/992, para empresas que realizan ventas en plaza de autopartes producidas localmente, cuyo destino final sea la exportación en vehículos terminados o semiterminados ensamblados en el país, conjuntos y subconjuntos de origen nacional.
Registro Cliente Dirección Nacional de Industrias.
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