Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite que el interesado debe realizar ante el Ministerio de Salud Pública para certificar la constancia firmada por el/los Directores Técnicos que acreditan la capacidad e idoneidad como colaborador del Químico Farmacéutico en Farmacias de Segunda Categoría o Farmacias Hospitalarias de acuerdo a lo establecido en el Artículo 16 literal G del Decreto N° 28/003 de fecha 28/01/2003 Decreto reglamentario de la Ley N° 15703.
Presentación de formulario.
FO11012001 - Formulario para Citaciones y Notificaciones Electrónicas.
No tiene costo
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Consultas:
En el Interior: