Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Este certificado habilita a las empresas extranjeras a ofertar en llamados para ejecución de obra pública, financiados con fondos del exterior.
Se aplica para los llamados financiados total o parcialmente con fondos del exterior.
La certificación notarial deberá agregar que los documentos provenientes del extranjero se encuentran debidamente legalizados o apostillados y traducidos en caso de corresponder.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Por mail:
Montevideo.
Consultas Técnicas:
Registro Nacional de Empresas