Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la solicitud para la extensión del Certificado Internacional de Protección del Buque en forma provisional o definitiva inicial o por renovación.
Los encargados de las Compañías de los buques deberán solicitar mediante una nota membretada, dirigida al Director de la Secretaría de Protección, la extensión del Certificado Internacional de Protección Marítima en forma inicial o por renovación.
Debiendo tener aprobados la Evaluación y el Plan de Protección.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Mail de consulta: