Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Son constancias que emite el Ministerio de Salud Pública por intermedio de la División Servicios de Salud para los trámites relacionados con Farmacias de Primera Categoría que se detallan a continuación:
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Seguir instrucciones según Manual de Usuario para solicitud de Constancias de Farmacias de Primera Categoría.
Para las constancias de un/a profesional Químico/a Farmacéutico/a que se encuentra registrado/a como Director/a Técnico/a de un establecimiento farmacéutico de Primera Categoría o que cumplió funciones como tal debe presentar:
Para las constancias de situación registral de una Farmacia de Primera Categoría
En Montevideo:
Se puede ingresar directamente en la División Servicios de Salud - Avda. 18 de julio 1892 - 3er Piso - Atención al público Oficina 314 Horario de Atención al Público de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas.
O se puede ingresar vía expediente en Administración Documental - Avda. 18 de julio 1892 - Planta Baja - Oficina 02 o por correo electrónico: adocumental@msp.gub.uy
En el Interior: