Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es un proceso administrativo mediante el cual la Dirección Nacional de Aguas (DINAGUA) del Ministerio de Ambiente (MA), encargada de administrar los recursos hídricos (superficiales y subterráneos), otorga el derecho de uso de agua.
El trámite de solicitud y declaración jurada de derecho de uso de agua se origina con una obra nueva, una modificación o renovación de un derecho existente, o una cesión del derecho del uso del agua.
En este trámite se podrá realizar tanto la solicitud de un nuevo derecho de uso así como la declaración jurada anual.
El periodo de presentación de la declaración jurada va del 1º de mayo al 31 de mayo de cada año. Y su anualidad comprende hasta el 30 de abril del año siguiente.
Registro de usuarios para trámites de derechos de uso de aguas
Registro de Profesionales para trámites de derechos de uso de aguas
Presentación de Plan.
Autorización Ambiental Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental - DINACEA
Deberán gestionarla previamente, los proyectos de:
Usuario web del sistema
Registro de solicitante en Trámites de Ambiente / DINAGUA
Agenda web para trámites con atención presencial de DINAGUA: