Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Solicitud de la expedición del duplicado de un brevet otorgado por la Prefectura Nacional Naval que ha sido extraviado, hurtado o que se encuentra deteriorado, siempre y cuando el referido brevet se encuentre vigente. En caso de estar vencido se deberá efectuar el trámite de solicitud de renovación.
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· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
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Duplicado de un Brevet categoría "A"
Duplicado de un Brevet categoría "B", "C" o "D"