Última actualización: 31/07/2025
Ministerio de Industria, Energía y Minería - Dirección Nacional de Industrias

Solicitud de exoneración de impuesto a las rentas de las actividades económicas (IRAE) para fabricantes de maquinaria agrícola

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Régimen de exoneraciones del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas para fabricantes de maquinarias y equipos agrícolas, que aplica a ciertos bienes y sus componentes según Dec. 346/009.
Según lo establecido en el Decreto N° 6/010, podrán solicitar ampararse a los beneficios mencionados, los fabricantes de maquinarias y equipos agrícolas comprendidos en el Artículo 38° del Decreto N°220/998 del 12 de Agosto de 1998.

Requisitos

  • Declaración Jurada.

    • A efectos del control técnico específico que se realiza en la DNI, debe completarse la Declaración Jurada (con timbre profesional) asociada al registro de fabricantes, detallando información correspondiente al proceso de fabricación (productos, infraestructura de servicios, etc.).
  • Aportar datos.

    • Información específica de los productos (maquinaria y equipos agrícolas) fabricados (catálogos comerciales, especificaciones técnicas, diagramas y/o fotos).
  • Registro Cliente Dirección Nacional de Industrias.

    • Contar con usuario registrado y actualizado para realizar el trámite en la plataforma. 
  • Declaratoria promocional ante COMAP

    • Haber presentado el expediente de solicitud.
Iniciar Trámite en Línea

Costos

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea".
    2. Completar los datos solicitados en el formulario web.
    3. Adjuntar la documentación requerida.
    4. Una vez es ingresada la solicitud, será controlada y evaluada parcialmente en análisis técnico, en cuanto al cumplimiento de las condiciones del proceso de fabricación y las características de la maquinaria y equipos producidos. A estos efectos, se podrá requerir de una visita a las instalaciones a efectos de verificar la información suministrada a través de la Declaración Jurada.
    5. El análisis técnico puede exigir, adicionalmente, la presentación de información complementaria o aclaratoria.
    6. Una vez cumplida la fase de evaluación, la DNI emitirá una Constancia dictaminando que la empresa cuenta con las instalaciones industriales y capacidad técnica para desarrollar la tarea por la cual solicita exoneración (Decreto 346/009, Art. 3°, literales a y b).
    7. El expediente completo, junto con la Constancia de la DNI, será remitido a COMAP para completar su evaluación.
    Iniciar en Línea
  • Enlaces relacionados

  • Enlaces de descarga

Los campos indicados con * son obligatorios

Enviar una consulta

A través de este medio únicamente se realizan consultas, no se realizan trámites

CAPTCHA
12 + 0 =
Resuelve este simple problema matemático y presiona enter. Ej: para 1+3 enter 4
Esta pregunta es para comprobar si usted es un visitante humano y prevenir envíos de spam automatizado.