Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Consiste en un proceso técnico por el cual la Dirección General de Servicios Agrícolas D.G.SS.AA habilita a empresas a realizar tratamientos cuarentenarios a embalajes de madera de acuerdo a la NIMF número 15 (CIPF-FAO). Las empresas habilitadas son inscriptas en el Registro Nacional de Empresas Aplicadoras de Tratamientos a Embalajes de Madera (EATEM) y quedan autorizadas para realizar el tratamiento el cual es reconocido internacionalmente.
En Montevideo:
En el Interior: