Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es un trámite obligatorio cuando la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSA) así lo determine y también para aquellos establecimientos que quieran exportar alimentos para animales monogástricos y el mercado de destino así lo requiera.
Presentación de Planos.
En las auditorías, serán controlados los requisitos para la Habilitación de plantas elaboradoras de alimentos para animales monogástricos, los que se encuentran en el Anexo I de la Resolución N° 1155/025 del 20 de noviembre de 2025.
Presentar los documentos debidamente firmados en la Administración de la DGSA, en forma personal, o enviarlos por correo postal en sobre cerrado.
En los documentos, debe figurar el correo electrónico y teléfono de contacto. Los técnicos de la División Inocuidad y Calidad de Alimentos (DICA) de la DGSA, se comunicarán para coordinar la auditoría de habilitación.
Dirección General de Servicios Agrícolas
Dirección: Av. Millán 4703, 12900 Montevideo, Departamento de Montevideo
Teléfono: 23098410
Horario; de lunes a viernes de 9:30 a 15:30