Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Consiste en el pedido de conciliación y mediación, a solicitud de cualquiera de las dos partes interesadas, para entender en la negociación entre un empleador o un grupo de empleadores (gremiales) con una organización o varias organizaciones de trabajadores (sindicatos) a fin de superar los conflictos entre ambos.
Dichas negociaciones se denominan “Negociación colectiva” y tienden a la obtención de acuerdos o “Convenios colectivos” entre las partes, contribuyendo a asegurar la paz social.
Condición del solicitante:
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
En Montevideo:
En el interior del país: