Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Consiste en el registro del cambio de titular del vehículo.
DIV (Documento de Identificación Vehicular - Libreta de Propiedad)
Seguro obligatorio de automotores (SOA)
Acreditar estar al día.
Vehículo a inspeccionar.
Título de Propiedad.
Carta poder.
Certificación Notarial.
Documento Nacional de Identidad
Certificación notarial de firmas.
Libre de prenda y embargo.
Aportar datos.
Cuando el actual o nuevo titular del vehículo son una empresa deberá presentar:
Agenda previa.
Puede realizar este trámite de forma similar en los Municipios o Juntas Locales del Departamento de Paysandú. En este caso el Municipio o Junta Local inspeccionará el vehículo, recibirá y controlará la documentación para enviarla a la Dirección de Tránsito para su realización. Esta devolverá el trámite terminado junto con la libreta para su entrega en donde se haya presentado la solicitud.
Dirección de Tránsito, Sección Automotores.