Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la presentación de la Declaración Jurada según lo dispuesto por el Artículo 38, Literal Q del Título 7, Capítulo IV, Sección III, del Texto Ordenado de 2023 aprobado por Decreto Nº 101/024 (Exoneración de IRPF de los incrementos patrimoniales obtenidos por la persona física derivados de las transmisiones de participaciones patrimoniales de personas jurídicas.
Declaración Jurada.
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