Última actualización: 01/08/2025
Ministerio de Industria, Energía y Minería - Dirección Nacional de Industrias

Colectores solares - Certificado de Necesidad

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Certificado que deberán solicitar las empresas a los efectos de obtener la exoneración prevista en el Inciso 2º del Artículo 20 del Decreto 451/011 en la redacción dada por el Artículo 2º del Decreto 325/012.

Requisitos

  • Registro Cliente Dirección Nacional de Industrias.

    • Contar con usuario registrado y actualizado para realizar el trámite en la plataforma. 
  • Certificado de Fabricación - Dirección Nacional de Industrias.

    • Tener aprobado el trámite que acredite el cumplimiento del requisito de fabricación nacional.
    • Se deberán presentar tantos certificados como modelos de colectores se piensen producir con las materias primas a importar.
  • Factura.

    • De importación de máquinas, equipos y materiales necesarios para la fabricación de colectores solares.
  • Aportar datos.

    • Documentación que proporcione una estimación de cantidades físicas y modelos a producir con las cantidades a importar.

Otros datos de interés

  • Plazo máximo 10 días hábiles una vez presentada en debida forma la solicitud.
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Costos

  • Formas de pago:

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea".
    2. Acceder con su usuario registrado.
    3. Completar la información requerida en el formulario web.
    4. Una vez presentada la solicitud en debida forma y verificado que dichas máquinas, equipos y materiales, son necesarios para la fabricación de colectores solares, la DNI expedirá el Certificado de Necesidad correspondiente a través del sistema.
    5. Este Certificado será enviado a la Dirección Nacional de Aduanas en oportunidad del despacho de las máquinas, equipos y materiales necesarios para la fabricación de colectores solares exonerados, para que ésta proceda a aplicar la referida exoneración.

    Por consultas:

    En caso de requerir asistencia personalizada para iniciar el trámite en línea, podrán dirigirse a nuestras oficinas

    • Dirección: Mercedes 1041, Montevideo.
    • Teléfono: 2840 1234.
    • Horario: de 9:00 a 15:30 horas.
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