Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Certificado que deberán solicitar las empresas a los efectos de obtener la exoneración prevista en el Inciso 2º del Artículo 20 del Decreto 451/011 en la redacción dada por el Artículo 2º del Decreto 325/012.
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