Ministerio de Industria, Energía y Minería - Dirección Nacional de Industrias
Colectores solares - certificación de componente nacional
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es un certificado que acredita la fabricación nacional de colectores solares.
Con este certificado se accede a los beneficios de la Ley 18.585.
Requisitos
- Registrar la empresa como productora de colectores solares ante la Dirección Nacional de Energía (DNE).
Otros datos de interés
- Certificación de Origen: Se define como de origen Nacional aquellos colectores en los que los insumos utilizados en la fabricación tengan un componente nacional mayor o igual al 35%. Se considerará insumo a los efectos antes mencionados a la mano de obra directa, componentes y materias primas.
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Costos
- 0.2 U.R.
- Un timbre profesional
- Formas de pago:
- Redes de cobranza descentralizada
- Sistema de pagos web (se habilita al registrar el cliente).
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Registro cliente DNI - Inscribirse como usuario de trámites
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con su usuario registrado.
- Completar y adjuntar el Formulario de Declaración Jurada a efectos de declarar los componentes nacionales de colectores solares en el sistema.
- Se deberá adjuntar toda la documentación que dé sustento a dicha declaración en el mismo trámite en línea.
- Presentar planos en formato PDF de diseño general indicando las partes y componentes.
- La DNI emitirá el certificado por el mismo medio y dará aviso al correo electrónico registrado.
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