Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite que debe realizar el propietario o representante legal de una Farmacia de Primera Categoría, ante el Ministerio de Salud Pública, cuando se produce la clausura definitiva del establecimiento.
Timbres profesionales correspondientes.