Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Podrán ampararse a este convenio los sujetos pasivos de contribución inmobiliaria de padrones urbanos y suburbanos, en calidad de propietarios, copropietarios, promitentes compradores con promesa inscripta, mejores postores en remate judicialmente aprobado o poseedores.
Particularidades:
Título de Propiedad.
Valor de aforo 2025 que no supere los $954.207.
Los contribuyentes que se hubieran amparado a este Decreto y no lograron dar cumplimiento al mismo, podrán reiterar por única vez este beneficio.
No tiene costo
Canelones