Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Se gestionan denuncias por acoso moral laboral, acoso sexual laboral, discriminación en el trabajo en cualquiera de sus formas, violación a la libertad sindical, explotación laboral y trata de personas con fines de explotación laboral y cualquier otra forma de violencia en el trabajo.
Debe presentarse el damnificado con la denuncia por escrito, firmada (no son anónimas).
La denuncia por vulneración a los Derechos Fundamentales debe poder ser probada, de lo contrario serán escasas las posibilidades de corregir la situación planteada en el lugar de trabajo.
La responsabilidad del acoso ocurrido (independientemente de quien lo confiere) recae sobre el empleador: empresa, institución o sus titulares, ya que ellos deben asegurar al trabajador un buen clima laboral.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Contar con los medios electrónicos para adjuntar documentación escaneada en alguno de los formatos permitidos ( jpg, png, pdf).