Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite que permite ampararse al Art. 681 de la Ley N° 19355 para gestionar la exoneración del impuesto de Contribución Inmobiliaria de hasta 50Ha, siempre que se verifiquen las condiciones mencionadas en el mismo.
Las solicitudes de exoneración para el ejercicio 2025 deberán formularse antes del 30 de Abril.
IMPORTANTE: El monto correspondiente se abona en la pasarela de pagos online.
Los documentos a adjuntar deben ser PDF y ocupar menos de 5MB en su totalidad.