Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite que deben realizar las empresas proveedoras de servicio técnico a terceros, les permite brindar el servicio a instituciones de salud y empresa en aquellos equipos y modelos incluidos en el certificado de habilitación.
En el caso particular que una empresa tramite únicamente la habilitación en este rubro, sólo para brindar servicio técnico a otra empresa habilitada a aquellos productos que esta última comercializa, se detallará en el certificado de empresa esta situación. Su habilitación quedara ligada a la empresa portadora de los registros.
Presentación de Nota o Escrito.
Presentación de formulario.
Certificado Notarial.
Titulo que acredite formación.
Presentación de Planos.
Memoria Descriptiva.
Carné de salud vigente.
Certificado que acredite que el local se encuentre libre de plagas
Planilla de Control de Trabajo - MTSS.
Comprobante de pago.
Certificación de medidas de protección contra incendios - Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos.
Presentación de Listado.
Organigrama.
Presentación de Procedimientos.
Constancia.
Trámite Arancelado, consultar en Tesorería del MSP (tesoreria@msp.gub.uy)