Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es un control que se realiza sobre comercializadores e industrializadores de cobre. Surge de la ley 19.138 y es obligatorio que lo presenten aquellas personas físicas o jurídicas que tengan como actividad principal o accesoria, la industrialización, compraventa, importación, exportación, depósito o almacenamiento de productos de cobre.
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