Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Es un control que se realiza sobre comercializadores e industrializadores de cobre. Surge de la ley 19138 y es obligatorio que lo presenten aquellas personas físicas o jurídicas que tengan como actividad principal o accesoria, la industrialización, compraventa, importación, exportación, depósito o almacenamiento de productos de cobre.
Formas de pago:
Redes de cobranza descentralizada.
Sistema de pagos web (se habilita al registrar el cliente).
Registro cliente DNI - Inscribirse como usuario de trámites
Por consultas: