Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se vinculan personas físicas o jurídicas en una entidad con actividad empresarial ante la Administración Tributaria que surge por el otorgamiento de un poder.
Formularios:
Formulario 0352 - Anexo de inscripción y actualización de personas físicas vinculadas.
En el caso en que tengan personas jurídicas vinculadas, Formulario 0353 Anexo de inscripción y actualización de personas jurídicas vinculadas con los datos de dichas entidades.
Documentación a presentar:
Certificación Notarial conteniendo:
Firma del o los nuevos apoderados.
Datos personales completos:
Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
Documento de Identidad, tipo, país de origen y número.
Estado civil.
Nacionalidad.
Mayoría de edad.
Domicilio particular.
Control del poder, facultades y vigencia.
Integración del directorio, sociedad, etc., al día de hoy aclarando que son los únicos integrantes.
Aclaraciones:
Un timbre profesional $250 (Valor vigente del 01 de Julio 2024 al 31 de Diciembre de 2024)
Se inicia el trámite desde la web de DGI a través de servicios en línea, para lo cual el titular o representante deberá estar debidamente autenticado.
Para poder acceder a Servicios en línea deberá contar con clave o ID Digital.
Desde la web de DGI a través de servicios en línea:
En Montevideo:
En el interior:
No aplica modalidad presencial.
Previa Agenda Web.
En Montevideo:
En Interior:
No aplica modalidad presencial