Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Es el trámite por el cual se realiza la inscripción obligatoria del hecho de una defunción.
Importante:
Plazos: 10 días hábiles contados a partir del otro día del fallecimiento. En zonas rurales son 20 días hábiles.
Toda inscripción que se realice vencidos estos plazos, se tramitará como Inscripción tardía.
En Montevideo: en la Oficina de la calle Sarandí 933.
En el interior: en las Oficinas de Registro Civil del municipio correspondiente, o bien, en la capital departamental para aquellas localidades no municipalizadas.
Inscripción Tardía de Defunción:
Lo podrá realizar la familia de la persona fallecida, con testimonio de partida que acredite el parentesco.
Sólo Agenda para Montevideo:
Las letras refieren a la letra del primer apellido de la persona fallecida.
Seleccione de acuerdo a la letra correspondiente la oficina para agendarse:Oficinas 1 a 4 horario de atención de 07:30 a 12:00 horas
Oficinas 5 a 7 horario de 13:00 a 17:30 horas
En Montevideo:
En Montevideo:
En el interior, en las Oficinas de Registro Civil del municipio correspondiente o bien en la capital departamental para aquellas localidades no municipalizadas.
En la Oficina 14 en la Ciudad de la Costa, Canelones:
En la Oficina 15 en la Ciudad de Las Piedras:
Consultas y asesoramiento para agendarse en línea dirigirse a: