Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual una persona física cumple con los requisitos para quedar amparado al régimen de Monotributo, y por lo tanto deberá inscribirse como contribuyente ante la Administración Tributaria previo al inicio de la actividad económica.
Podrán optar por este tributo los contribuyentes unipersonales que cumplan con la totalidad de las siguientes condiciones:
El titular debe constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional consultar instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
Plazo:
Trámite web:
Trámite presencial:
Constancia del trámite:
Trámite web:
Trámite presencial:
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Aclaraciones:
Formularios
Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Documentación adicional presentar:
Aclaraciones
Toda la información necesaria para el registro se completa en línea, por lo que no requiere presentación de documentación alguna.
De requerir más información, puede acceder al Instructivo de servicios línea – Inscribir empresa unipersonales.
En Montevideo:
En interior: