Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Aquellas personas físicas y jurídicas que desarrollen actividades de producción y comercialización de agrocombustibles deberán presentar ante la URSEA el correspondiente Formulario de inscripción con todos los datos solicitados para la instalación que se pretende inscribir.
Las personas referidas deberán inscribirse en el Registro de Regulados previo a la realización de cualquier trámite ante la URSEA.
Aportar datos.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.
Agenda previa.