Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Este trámite comprende la inscripción en la Dirección Nacional del Estado de Registro Civil de partidas o certificados de los siguientes hechos y actos civiles ocurridos en el extranjero:
Todos los documentos a presentar deben ser originales y del país donde ocurrió el hecho o acto a inscribir. Presentar original y fotocopia.
Acreditar representación o titularidad.
Sentencias Extranjeras se aplica el mismo criterio si es presentada por otra persona que no sea el titular de la misma.
Documento Nacional de Identidad
Partida Legalizada y/o Apostillada.
Sentencias Extranjeras:
Presentación de formulario.
Interprete/traductor
Sentencias Extranjeras:
Presentación de Nota o Escrito.
Importante:
Este trámite comienza reservando día y hora en la agenda electrónica, y continúa presencial concurriendo a la cita con la documentación que se detalla, pudiendo presentar hasta 3 documentos por turno de agenda.
Información relevante a tener en cuenta sobre la documentación a presentar:
Presentación:
Idiomas:
Legibilidad:
Si el documento resulta ilegible, el Registro Civil podrá exigir:
En ambos casos deberá trascribirse el contenido íntegro del documento.
El Registro Civil se reserva el derecho de solicitar documentación complementaria cuando el caso lo requiera y a realizar las observaciones pertinentes a la documentación presentada.
Cuando sea el caso, el usuario recibirá un correo con la observación/es que deberá subsanar junto con un acceso a agenda electrónica donde deberá reservar cita para presentar el levantamiento de la misma.
Por información adicional dirigirse a la Unidad de Atención al usuario:
Este trámite se inicia por Internet y continúa en la oficina de la Dirección General de Registro del Estado Civil de Montevideo, ubicada en Calle Uruguay 933, en el día y la hora seleccionado previamente en la agenda, con la documentación solicitada en el apartado Requisitos.
Por información adicional dirigirse a la Unidad de Atención al usuario: