Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual las representaciones diplomáticas extranjeras, cumplen con la obligación formal de inscribirse ante la Administración Tributaria, previo al inicio de su actividad.
Formularios
Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Documentación a presentar:
El mismo podrá ser sustituido por Carné diplomático emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores ó por Certificado notarial, en el que deberá certificarse:
Aclaraciones:
Constancia del trámite:
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Con Domicilio Constituido en Interior
En Montevideo
En interior
En Montevideo
Exclusivamente presencial, con previa agenda web.
Agendarse previamente desde el instructivo en web de BPS donde al final del mismo, deberá seleccionar:
En interior