Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual una Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS), cumple con la obligación de inscribirse en la Administración Tributaria, previo al inicio de de la actividad económica.
CONSTANCIA DEL TRÁMITES:
PLAZO:
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
En Montevideo
En interior
Dos modalidades:
Formularios:
Los formularios deben contener los datos completos y firmas del representante legal, administrador o directores según corresponda.
Se deberá consignar en formulario 351 – Rubro 2 la fecha y número de inscripción en DGR.
En los formularios 351 y 352 corresponde indicar el vínculo funcional (VF) según la integración establecida y la empresa por la que se aporte. Ampliar información.
Documentación adicional a presentar
Aclaraciones:
En Montevideo
En el Registro de Contribuyentes y Empresas Sarandí 570 en planta baja. Deberá agendarse previamente desde el instructivo en web de BPS donde al final del mismo, deberá seleccionar: Departamento: Montevideo, Lugar: Asesoría Tributaria y Recaudación (ATYR), donde podrá visualizar las agendas disponibles.
En interior