Última actualización: 03/10/2025
Ministerio de Industria, Energía y Minería - Dirección Nacional de Industrias

Instalador de Parque Industrial o Parque Científico Tecnológico

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Solicitud de habilitación para la instalación de un Parque Industrial o Parque Científico Tecnológico.

Requisitos

  • Estatutos sociales.

    Previstos para el PI o PCT. Estos deberán contener como mínimo referencia a los siguientes elementos:

    Estatuto del Parque

    a. Plazo del emprendimiento.
    b. Forma de administración, votos y funciones del órgano rector.
    c. Integración, mandato, organización y funciones del órgano de administración.
    d. Órgano de control.
    e. Órgano de solución de controversias.
    f. Régimen de tenencia de parcelas y mejoras (propiedad, arriendo, arriendo con opción a compra, otros).
    g. Requisitos para ser usuario de PI y/o al PCT.
    h. Derechos y obligaciones del usuario; debiendo contemplarse expresamente lo dispuesto por el Artículo 11º de la Ley Nº 19.784.
    i. Servicios mínimos a proveer, comunes y no comunes, adicionales a los servicios públicos previstos.
    j. Forma de contribución a los gastos comunes del PI y/o PCT.
    k. Sanciones, derechos de uso, tránsito y paso sobre lotes y espacios comunes.

  • Presentación de reglamento

    Previstos para el PI o PCT. Estos deberán contener como mínimo referencia a los siguientes elementos:

    Reglamento Operativo del Parque

    a. Ámbito de aplicación del reglamento.
    b. Gobernanza del parque. Actividades permitidas a los usuarios. Prohibiciones. Información a divulgar sobre las actividades en el parque.
    c. Uso de espacios. Circulación dentro del parque. Uso de parcelas y áreas comunes. Acceso de emergencia a las parcelas y locales. Seguridad dentro del parque. Áreas de depósito. Estacionamiento y tráfico vehicular. Áreas verdes.
    d. Obras. Autorizaciones para la realización de obras en el parque. Procedimiento de autorización de obras. Plazo y condiciones para la ejecución de las obras en el parque. Condiciones para las construcciones de depósitos y oficinas. Retiros mínimos, altura máxima y normas del uso del suelo. Cartelería de obra. Pintura externa de los establecimientos.
    e. Servicios. Emergencia médica. Telecomunicaciones. Seguridad. Disposición de residuos. Tratamiento de efluentes. Agua corriente. Energía eléctrica.
    f. Servicios prestados por empresas externas al parque.
    g. Alimentación del personal dentro del parque.
    h. Reglamento. Sanciones por Incumplimiento. Modificaciones del reglamento.

  • Personería Jurídica.

    • Acreditación de vigencia y representación de la persona jurídica del instalador y/o explotador de corresponder.
  • Presentación de proyecto.

    Proyecto de inversión que refiera a los aspectos técnicos, financieros, económicos, sociales, ambientales y de infraestructura mínima del emprendimiento; en este último cumpliendo con lo dispuesto por el Artículo 3º de la Ley 19.784, en lo que corresponda.
    Infraestructura mínima: Delimitación y amojonamiento de sus límites; caminería interna, retiros frontales y veredas aptas para el destino del predio, así como caminería de acceso al sistema de transporte; energía suficiente y adecuada a las necesidades de los usuarios; agua en cantidad suficiente para las necesidades del parque, para el mantenimiento de la calidad del medio ambiente y una reserva adecuada para caso de incendio; servicios de telecomunicaciones; sistema de tratamiento y disposición eficiente de efluentes y otros residuos; sistema de prevención y combate de incendios; áreas verdes; servicio de emergencia médica permanente; condiciones de acceso mediante una conexión directa a los sistemas viales nacionales y departamentales; salas de capacitación; en caso de PCT, laboratorios para investigación con infraestructura de seguridad y/o instalaciones para pruebas de desarrollos tecnológicos innovadores.
    El Proyecto de Inversión deberá contener, como mínimo, los siguientes aspectos:
    a. localización y planos de mensura y/o fraccionamiento del área donde se propone la instalación del parque y todo otro recaudo gráfico y memoria descriptiva correspondiente, necesarios para la comprensión del proyecto;
    b. acreditación de la titularidad del predio;
    c. servicios a suministrar;
    d. monto de la inversión, fuentes de financiamiento y estimación de retorno;
    e. descripción y cuantificación de las inversiones por ítem;
    f. cronograma de implementación;
    g. estimación de requerimientos de personal;
    h. plazo por el cual se solicita la habilitación como PI y/o PCT;
    i. previsión de expansión;

  • Autorización Ambiental Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental - DINACEA

  • Certificación de medidas de protección contra incendios - Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos.

    • Junto a otras habilitaciones correspondientes (Viabilidad de implantación del Gobierno Departamental, y otras que correspondan).
  • Informe o estudio técnico.

    • Estudio de ordenamiento territorial, indicando los impactos de su emplazamiento para el desarrollo urbano y el ajuste a la planificación vigente.
  • Aportar datos.

    • Cuando se trate de PCT deberá incluirse carta compromiso de al menos un usuario, categorizado en alguno de los incisos F) y G) del Artículo 10º de la Ley 19.784, a instalarse en el PCT en un plazo menor a 48 meses.
      NOTA: F) Instituciones de investigación o innovación o G) Otras instituciones vinculadas a la generación de conocimiento aplicado.
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Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    • Contar con los archivos de la documentación solicitada en los formatos permitidos: jpg, png, pdf, doc, docx, odt, zip, rar (máx. 5 MB).

    En persona

    • Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.

      • Presentar en 2 versiones:
        • 1 (una) versión electrónica (pendrive).
        • 1 (una) copia impresa de la documentación.
    • Representantes y Apoderados.

      • Acreditados como tales o a través de terceros (apoderados con certificación notarial).
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresando en el botón "Iniciar trámite en línea".
    2. Completar los datos del formulario web.
    3. Adjuntar documentación requerida.
    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Concurrir a Mesa de Entrada, Dirección Nacional de Industrias
    2. La solicitud debe efectuarse en forma personal por los representantes legales, acreditados como tales o a través de terceros (apoderados con certificación notarial).
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    Ver listado de direcciones
      • Montevideo
        • Dirección: Mercedes 1041
        • Teléfono: +598 2840 1234
      • Montevideo, Montevideo
        • Dirección: Edificio Ancap, piso 4, Paysandú esquina Av. Libertador
        • Horario: Lunes a viernes de 9:30 a 16:00 horas
        • Teléfono: +598 2840 1234

    Otras direcciones

    • Dirección: Rincón 719, Montevideo, Dirección Nacional de Industrias.
    • Horario: Lunes a viernes de 10:00 a 15:00.
    • Teléfono: 2840 1234.
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