Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite que se realiza para obtener la libreta de conducir por primera vez, documento que autoriza a la persona a conducir un vehículo, en este caso de las Categorías moto (G1 y G2), auto y camioneta (A) y maquinaria vial y agrícola (H).
Agenda previa.
Seguro obligatorio de automotores (SOA)
Examen Médico.
Certificado de Seguro.
Aportar datos.
Timbre Profesional - CJPPU
Requisito de edad:
Acreditar estar al día.
Permiso Único Nacional de Conducir
Costos
*Se ajustará la generación del cobro del trámite de acuerdo al siguiente criterio: “se abonará el 20%, 40%, 60% u 80% de dicho monto si dicho plazo es menor a 2; 4; 6 u 8 años respectivamente”.
En Intendencia Departamental de Treinta y Tres:
Treinta y Tres, Cerro Chato - Junta Local.
Treinta y Tres, Santa Clara de Olimar - Municipio.
Treinta y Tres, Vergara - Municipio.
En Municipios y Junta Locales del Departamento, los trámites de Libreta de Conducir (primera vez, renovación y profesional), se realizan conforme a demanda y estado del tiempo.
Llamar a las dependencias correspondientes para confirmar fecha de realización.
La factura se genera en la dependencia, una vez iniciado el trámite y se debe abonar en Redes de Cobranzas, como único lugar de pago definido.